Asesoramiento
Desde Administración de Fincas Granada nos centramos en el asesoramiento integral a su Comunidad. Abordamos con profesionalidad y garantía de resultados su gestión integral mediante un estudio económico de sus cuentas y un análisis jurídico de su situación, lo que nos permite trabajar eficazmente y de manera constante en los problemas que día a día se presenten, reduciendo mínimamente su impacto para los vecinos, todo ello desde nuestra dilatada experiencia en el sector.
Servicio de Asesoramiento
Quizás una de las partes más importantes del trabajo como Administrador de Fincas es hacer frente, ya no sólo a los problemas de gestión corriente sino también lidiar con un entorno jurídico y fiscal cada vez más complejo y de mayor responsabilidad profesional: el conocimiento y la experiencia se perfilan como dos cualidades imprescindibles en un despacho de administración de fincas.
Contar con un despacho profesional con dilatado bagaje es algo imprescindible en la adecuada gestión de una Comunidad de Propietarios: enfrentarse a una negociación con proveedores, dar forma jurídica a los acuerdos y voluntades de la junta de propietarios o de la presidencia sin verse envuelto en un traspié, o lidiar con múltiples problemáticas planteadas con vecinos u otros agentes intervinientes. Sabemos lo que hacemos y lo hacemos con garantías.
Asesoramiento legal
Todo nuestro equipo cuenta con licenciatura universitaria, en materias relacionadas con el segmento de la administración de fincas urbana.
Mantenemos comunicación online con nuestros clientes gracias a nuestro despacho 24 horas, donde podrá comunicarnos cualquier incidencia que surja:
Asesoramiento contable
Otro punto importante es la gestión económica de la Comunidad: Conocer y saber explicar el estado de cuentas de una Comunidad permite adoptar las medidas más eficientes para ésta.
Recuerde que una de las misiones del administrador de fincas es velar por el adecuado estado de la edificación, algo que sólo puede conseguirse cuando las cuentas comunitarias están saneadas.
¿Qué es la Ley de Propiedad Horizontal?
Cada año que pasa la legislación aplicable en el ámbito de las Comunidades de Propietarios es más profusa (accesibilidad, apartamentos turísticos, cambios en los regímenes de votación, etc.); La Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que tiene por objeto la regulación de la forma especial de propiedad establecida en el artículo 396 de nuestro Código Civil, es un marco legal que articula el funcionamiento de las comunidades de vecinos, sus derechos y sus obligaciones:
La concurrencia de una colectividad de personas en la titularidad de derechos que, sin perjuicio de su sustancial individualización, recaen sobre fracciones de un mismo edificio y dan lugar a relaciones de interdependencia que afectan a los respectivos titulares, ha hecho indispensable en la práctica la creación de órganos de gestión y administración. La ley, que en todo momento se ha querido mostrar abierta a las enseñanzas de la experiencia, la ha tenido muy especialmente en cuenta en esta materia. Y fruto de ella, así como de la detenida ponderación de los diversos problemas, ha sido confiar normalmente el adecuado funcionamiento del régimen de propiedad horizontal a tres órganos: la Junta, el Presidente de la misma y el Administrador. La Junta, compuesta de todos los titulares, tiene los cometidos propios de un órgano rector colectivo, ha de reunirse preceptivamente una vez al año, y para la adopción de acuerdos válidos se requiere, por regla general, el voto favorable tanto de la mayoría numérica o personal cuanto de la económica, salvo cuando la trascendencia de la materia requiera la unanimidad, o bien cuando, por el contrario por la relativa importancia de aquélla, y para que la simple pasividad de los propietarios no entorpezca el funcionamiento de la institución, sea suficiente la simple mayoría de los asistentes. El cargo de Presidente, que ha de ser elegido del seno de la Junta, lleva implícita la representación de todos los titulares en juicio y fuera de él, con lo que se resuelve el delicado problema de legitimación que se ha venido produciendo. Y, finalmente, el Administrador, que ha de ser designado por la Junta y es amovible, sea o no miembro de ella, ha de actuar siempre en dependencia de la misma, sin perjuicio de cumplir en todo caso las obligaciones que directamente se le imponen.
Nuestro despacho profesional se compone de expertos en la materia, le asesoraremos sobre cualquier cuestión relativa a la legislación aplicable a comunidades de propietarios y otros complejos inmobiliarios privados. Nos actualizamos constantemente y estamos al tanto de las últimas modificaciones legislativas.
Nuestros servicios
Análisis
¿Necesita comprobar el estado económico de su Comunidad? analizaremos el balance económico de su Comunidad, tanto de sus ingresos como de sus gastos, así como el estado de tesorería existente en banco y/o caja, poniendo de relieve las actuaciones realizadas en el ejercicio.
Morosidad
Gestión
Costes
Asesoramiento
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